
La propiedad inmueble sede del hogar conyugal se adjudica a la esposa y a los hijos menores de edad. El vehículo utilitario al esposo. Se establece un amplio régimen de visitas. Le corresponde a la dignidad de ella el sesgo de la certera hoja de filo inclemente. El aburrimiento y la indiferencia al ego de él. A ambos un mar de olvidos, mareas de distancias y el fracaso vestido de humanidad.
Tomado de: http://elhuecodetrasdelaspalabras.blogspot.com/
Me mata su forma de escribir. En verdad es fantástica.
ResponderEliminarMuy buen cuentito, María Pía.
ResponderEliminarEnhorabuena.
Javi.
Me gustó esa separación de bienes (y males) que propone Maria Pia.
ResponderEliminarUn saludo.